En España, la normativa legal que regula la obligación de proporcionar Equipos de Protección Individual (EPIs) a los trabajadores en el sector de la logística se encuentra principalmente en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Esta ley establece la obligación de los empleadores de garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores en todos los aspectos relacionados con el trabajo, incluyendo la provisión y el uso de EPIs cuando los riesgos laborales no se puedan evitar o no se puedan limitar suficientemente por medios técnicos de protección colectiva. Además, el Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual, complementa la normativa anterior y establece las disposiciones específicas sobre la utilización de EPIs en el ámbito laboral, incluyendo la obligación de proporcionarlos, su uso adecuado, mantenimiento, formación de los trabajadores, entre otros aspectos. En el caso concreto del sector de la logística, donde los trabajadores pueden estar expuestos a riesgos como manipulación de cargas, movimientos repetitivos, riesgos ergonómicos, entre otros, es fundamental que los empleadores cumplan con la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales y proporcionen los EPIs necesarios para garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores.
